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PERÍODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES



En relación a la información requerida por la Disposición adicional tercera de la Ley 15/2010, de 5 de julio, modificada por el artículo 9-dos de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, el período medio de pago ponderado a proveedores de las sociedades españolas que integran el Grupo es de 31 y 43 días en los ejercicios 2024 y 2023, respectivamente.


El plazo máximo legal de pago aplicable en España, según lo establecido en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, modificada a su vez por la Ley 11/2013, de 26 de julio, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, es de 30 días, ampliados a 60 días en aquellos casos en los que se haya acordado contractualmente entre las partes.


Durante el ejercicio 2024 y 2023, el número total e importe que representan las facturas pagadas a proveedores por las sociedades del Grupo españolas, detallando las que se han pagado en un periodo inferior al máximo establecido en la legislación en vigor, es el siguiente:




  Ejercicio 2024 Ejercicio 2023
Número de Facturas Pagadas en un Periodo Inferior a 60 días 130.411 102.465
% sobre el Total de Número Facturas pagadas por el Grupo 91,4% 85,0%
     
Importe de Facturas Pagadas en un Periodo Inferior a 60 días (Miles de Euros) 1.165.639 835.295
% sobre el Total e Número Facturas pagadas por el Grupo 91,8% 85,0%




El pago de facturas fuera del plazo máximo se debe, principalmente, a la existencia de incidencias en la entrega del producto o ejecución del servicio contratado. Los posibles pagos puntuales a acreedores comerciales que pudieran exceder los plazos legales establecidos responden por lo general a prácticas habituales del sector, pudiendo considerarse una razón objetiva y no de carácter abusivo conforme a lo dispuesto a la normativa anteriormente mencionada.





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